Bases constitucionales de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Introducción
De acuerdo con la publicación de -Derecho humano al trabajo y derechos
humanos en el trabajo- el derecho al trabajo es un derecho fundamental y
esencial para la realización de otros derechos humanos y constituye una parte inseparable
e inherente de la dignidad humana. Toda persona tiene derecho a trabajar para
poder vivir con dignidad. Los Derechos Humanos en el trabajo tienen su origen
como derechos sociales en la Constitución Mexicana de 1917 y en la Constitución
Alemana de Weimar de 1919, después de un largo proceso de desarrollo que
arranca desde la Revolución Industrial.
Por otro lado, también es importante resaltar los Convenios emitidos por
la Organización Internacional del Trabajo -OIT- los cuales regulan temas
relativos a accidentes de trabajo, enfermedad, indemnizaciones, higiene en el
trabajo, protección de la salud, recursos humanos, seguridad y salud, seguridad
social, entre otros
De igual manera, tanto la Declaración Universal de los Derechos Humanos como
el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) remarcan
el derecho que tiene toda persona
al trabajo.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos considera oportuno hacer
difusión a todo el público en general y a quienes son trabajadores en lo
especial, de los derechos humanos al trabajo y en el trabajo, en el ánimo de
fomentar una cultura laboral
Sin embargo, para este caso, habrá que partir de los alcances suscritos en
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la seguridad laboral del
trabajador.
Desarrollo
Primeramente, es
importante conocer la definición del concepto seguridad y salud en el trabajo, en
este sentido, de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento Federal de Seguridad
y Salud en el Trabajo en su fracción XXVIII se define como todos aquellos
aspectos relacionados con la prevención de Accidentes y Enfermedades de
Trabajo, y que están referidos en otros ordenamientos a materias tales como:
seguridad e higiene; seguridad e higiene industrial; seguridad y salud;
seguridad, salud y medio ambiente de trabajo; seguridad, higiene y medio
ambiente de trabajo.
Esta definición
cómo bien lo indica, remarca el término de -prevención- y que de manera específica
se prescribe en diferentes ordenamientos, sin embargo, es necesario desglosar los
antecedentes inscritos en la Constitución para conocer los alcances de
protección legal que tiene el trabajador.
El derecho al
trabajo es un derecho fundamental y esencial para la realización de otros
derechos humanos y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad
humana.
El artículo 4 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que; la mujer y
el hombre son iguales ante la ley, ésta protegerá la organización y el
desarrollo de la familia destacando que toda persona tiene derecho a la
protección de la salud.
Por otro lado, el
artículo 5 de nuestra Carta Magna señala que; a ninguna persona podrá impedirse
que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode,
siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por
determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución
gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los
derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo,
sino por resolución judicial.
Estos primeros
artículos contemplan de manera preventiva la protección a la salud y la permisividad
de lo producido por el trabajo, siendo que ambos alcances van de la mano en el
ámbito laboral.
Ahora, el artículo
123 de nuestra Carta Magna señala que toda persona tiene derecho al trabajo digno
y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la
organización social de trabajo, conforme a la ley
En el apartado A fracción
XV expone que el patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la
naturaleza de su negociación, los
preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento,
y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de las
máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal
manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores,
y del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las
leyes contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada
caso;
La fracción XXXI inciso
c punto 5 indica que son Obligaciones de los patrones en materia de
capacitación y adiestramiento de sus trabajadores, así como de seguridad e
higiene en los centros de trabajo, para lo cual, las autoridades federales
contarán con el auxilio de las estatales, cuando se trate de ramas o
actividades de jurisdicción local, en los términos de la ley correspondiente.
Siendo que toda
persona tiene derecho a trabajar para poder vivir con dignidad
En el apartado B entre
los Poderes de la Unión y sus trabajadores fracción III señala que es
importante asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la
ampliación de la cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la
medicina tradicional, así como apoyar la nutrición de los indígenas mediante programas
de alimentación, en especial para la población infantil.
Y la fracción XI
desglosa que la seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases
mínimas:
a) Cubrirá los
accidentes y enfermedades profesionales; las enfermedades no profesionales y
maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte.
b) En caso de
accidente o enfermedad, se conservará el derecho al trabajo por el tiempo que
determine la ley.
c) Las mujeres
durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable
y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán
forzosamente de un mes de
descanso antes de
la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otros dos después del mismo,
debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que
hubieren adquirido por
la relación de
trabajo.
En el período de lactancia
tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para
alimentar a sus hijos.
Además, disfrutarán
de asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y
del servicio de guarderías infantiles.
d) Los familiares
de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los
casos y en la proporción que determine la ley.
e) Se establecerán
centros para vacaciones y para recuperación, así como tiendas económicas para
beneficio de los trabajadores y sus familiares.
Por otro lado, el
artículo 127 se refiere a que los servidores públicos de la Federación, de las
entidades federativas, de los Municipios y de las demarcaciones territoriales
de la Ciudad de México, de sus entidades y dependencias, así como de sus
administraciones paraestatales y paramunicipales, fideicomisos públicos,
instituciones y organismos autónomos, y cualquier otro ente público, recibirán
una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función,
empleo, cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades.
En su fracción IV
indica que no se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de
retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o
créditos, sin que éstas se
encuentren
asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales
de trabajo. Estos conceptos no formarán parte de la remuneración. Quedan excluidos
los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo
desempeñado.
Conclusión
Es importante destacar que
el término prevención no solo se refiere a lo aplicación del mismo en la operatividad
de un trabajo, sino también, a las condiciones y alcances legales que se deben
conocer descritos en la Constitución, desde las garantías individuales con las
que cuenta una persona, hasta las obligaciones del patrón, ya sea en el sector
privado o público. Lo que al día de hoy, aún tiene limitaciones en su
cumplimiento limitando en ocasiones la vida plena y digna.
Bibliografía
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Constitucion_Politica.pdf
Derecho humano al trabajo y derechos
humanos en el trabajo // CNDH
Video 1. Derecho del trabajo
https://www.ducensvirtual.com/mod/page/view.php?id=9891
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